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El cumplimiento posible de los objetivos ambientales del agua

UNA PUBLICACION DE: Isabel Caro-Patón

España está entre los países más incumplidores de la Unión Europea en materia ambiental. Tiene 26 procedimientos de infracción abiertos: algunos (los menos) son por inadecuada trasposición de normas. En su mayoría (19), la denuncia se debe a problemas de ejecución, sobre todo en la gestión del agua (8), los residuos y vertederos ilegales y la mala calidad del aire.

Las primeras condenas en materia de aguas eran por el incumplimiento de obligaciones formales. La más importante fue por no haber elaborado en plazo los planes de cuenca de primer ciclo (2009-2015), aunque no llegaron a imponerse multas porque finalmente se aprobaron. Y aunque, por sus carencias o imprecisiones, el resultado fue discutible, tuvieron el gran mérito de marcar un camino que cada vez recorremos con más facilidad.

Distintas son las condenas por las estaciones depuradoras de aguas residuales urbanas (EDAR), porque aquí no se trata de redactar un plan sino de ejecutar una obra. Parecería que esta obra carece de dificultades técnicas especiales; sin embargo, y pese al innegable esfuerzo realizado, tener todas hechas parece imposible si atendemos al importe de las multas coercitivas sobre las que hablan con recurrencia los periódicos. Se dice que la multa ya es de 63 M€, cifra que no sólo pone los pelos de punta sino que resulta incomprensible porque la construcción de EDARs resulta obligatoria desde una Directiva de 1991.

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