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Preguntas frecuentes convocatoria ayudas gestión eficiente del agua destinada al riego agrícola

Más Información:  https://sede.gobcan.es/cagpa/procedimientos_servicios/tramites/5246

¿Es necesario cumplir los tres requisitos establecidos en la base 4.B.3 a la hora de calcular el límite de la subvención?No, sólo es necesario el cumplimiento de uno de los siguientes requisitos:

a) Al 35% del valor añadido bruto generado anualmente por el beneficiario, en este caso se considera la suma del VAB generado por los beneficiarios finales, es decir los agricultores, y en su caso, ganaderos.
b) Al 40% de los costes laborales anuales en que incurra el beneficiario (entidad que solicita la subvención).
c) Al 30% del volumen de negocios anual del beneficiario (entidad que solicita la subvención).

En ningún caso la cuantía de la subvención podrá ser superior a los costes directamente imputables a la acción de desalación y/o de elevación..

¿Cómo se calcula el valor añadido bruto?

Cada auditor o interventor tesorero puede seguir el procedimiento que estime más conveniente, pero la Dirección General de Agricultura recomienda el uso de la fórmula establecida en el anexo VI: Estudio agronómico de la Orden de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas, de 15 de septiembre de 2016, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de determinadas subvenciones previstas en el Programa de Desarrollo Rural de la región de Canarias, para el periodo 2014-2020, cuyo enlace aparece en el apartado “Enlaces de interés”

¿Puede solicitar la subvención personas individuales?

Sí, si son autónomos y cumplen el requisito de suministrar agua para riego procedente de pozos o potabilizadora (desaladora o depuradora con tratamiento terciario).

¿Una misma parcela SigPAC puede aparecer en varias solicitudes?

Sí. Cada solicitante debe indicar el volumen de agua suministrado a cada una de las parcelas SigPAC.

¿Puede ser beneficiario final un ganadero?

Sí, en el informe del auditor deberá incluirse la especie y número de animales de su explotación en la relación de parcelas SigPAC.

¿Cuándo termina el plazo de solicitud?

Todos los plazos establecidos en las bases de la convocatoria computan en días hábiles, por lo que el plazo para presentar la solicitud termina el 16 de octubre de 2018.

¿Puede acogerse a esta subvención una estación de aguas depuradas?

Sí. Se subvencionará solo los costes energéticos del volumen de agua regenerada que se produzca para su uso agrícola.

¿El interventor puede ser designado por la Junta de Gobierno de la entidad solicitante o deber ser un servicio externo?

En el caso de entidades privadas no procede el informe del Interventor Tesorero, sino conforme a lo dispuesto en la base 5.2 h), un informe de un Auditor de Cuentas inscrito como ejerciente en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas de Canarias.
El informe del Interventor-Tesorero será presentado por las entidades públicas.

¿Se subvenciona el agua extraída mediante un grupo electrógeno?

No, no está previsto en esta convocatoria.

¿Se subvenciona el primer bombeo desde planta desaladora a depósito de distribución?

Sí. Según lo dispuesto en la base 5.1.g) son subvencionables los costes energéticos cada uno de los siguientes procesos: captación y bombeo de agua de mar a planta; trasiego en planta incluida filtración y economizadores; obtención de agua producto en procesos de alta presión y bombeo de agua producto de planta a depósito de distribución.

Las galerías que no tienen costes energéticos, sólo costes de distribución. ¿Pueden optar a la subvención?

No, esta subvención está destinada a abaratar los costes de captación o desalación del agua de riego, no contempla los costes de distribución. Se pueden acoger a esta subvención en caso de requerir la desalinización del agua.

¿Puede ser beneficiario una empresa agrícola que produce agua para autoconsumo?

Sí, siempre y cuando justifique fehacientemente que el destino del agua producida es para riego agrícola.
Los autónomos, si cumplen el requisito de suministrar agua para riego procedente de pozos o potabilizadora (desaladora o depuradora con tratamiento terciario) también pueden ser beneficiarios de esta ayuda.

¿Dónde se puede descargar la solicitud?

La solicitud no se puede descargar, al ser tramitación electrónica se cumplimenta on-line.

¿El coste de la auditoría se tiene en cuenta para el cálculo de la subvención?

No. Para el cálculo de la subvención se tiene en cuenta los costes eléctricos (del término de consumo) incurridos durante el año 2017 y volumen de agua bombeado en ese periodo de tiempo.
En el informe de auditoria tiene que hacer referencia a los costes y volumen de agua del año 2017.
En cualquier caso, para la justificación de la subvención sí se podrá justificar como máximo el 10% de la subvención obtenida con los costes de auditoria y otros gastos generales incurridos para la preparación de la subvención.

 

Fuente: Dirección General de Agricultura

Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas