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“Nos hemos propuesto evaluar durante el escenario 2015-2021 más de 5.000 masas de agua en España”

iaguaLa sede del CSIC en Madrid será el escenario elegido por ADECAGUA y el MAGRAMA para celebrar la jornada técnica sobre el Real decreto, R.D. 817/2015 por el que se establecen los criterios de seguimiento y evaluación del estado de las aguas superficiales y las normas de calidad ambiental. En este evento, se abordarán todas las implicaciones de esta nueva normativa así como las líneas básicas de las licitaciones publicadas para el seguimiento de las masas de agua.

Con el fin de conocer los detalles de la jornada, iAgua ha entrevistado a Carlos Escartín, Subdirector General de Gestión Integrada del Dominio Público Hidráulico del MAGRAMA.

Pregunta – Para centrar a todos nuestros lectores vamos a comenzar con una pregunta didáctica. ¿Qué es una masa de agua, cuántas hay en España y por qué hay que controlarla?

De acuerdo con la Directiva Marco del Agua (DMA) una masa de agua es una parte claramente diferenciada de un río, de un lago, de un embalse, de un acuífero, de un canal, de las aguas de transición, o de las aguas costeras, sobre la que se proyectan las medidas de protección y los objetivos medioambientales. Es decir, viene a ser la unidad de gestión sobre la que se actúa y se planifica.

En nuestro país hay algo menos de 5.100 masas de agua superficiales y unas 750 subterráneas

Cada masa de agua pertenece a un tipo que se define a partir de un conjunto de factores (llamados descriptores en la DMA) que determinan las condiciones (hidromorfológicas, biológicas y fisicoquímicas) que deben cumplir las masas de agua pertenecientes a dicho tipo.

En nuestro país hay algo menos de 5.100 masas de agua superficiales y unas 750 subterráneas y el objetivo principal establecido por la propia DMA y que el Gobierno español lógicamente comparte es conseguir que todas esas masas de agua alcancen el buen estado.

El control que periódicamente realizamos desde el Ministerio sobre las masas de agua tiene como objetivo, en primer lugar, conocer el estado real de todas ellas. Y, en segundo lugar, hacer un seguimiento de aquellas que están en riesgo de no mantenerse en buen estado, bien porque están sometidas a diferentes presiones (fuentes de contaminación, alteraciones hidromorfológicas, extracciones de agua, especies invasoras, etc.) o bien porque deben satisfacer condiciones más exigentes (por ser Red Natura 2000, estar destinadas al abastecimiento, etc.). Finalmente, y en tercer lugar, este seguimiento permite conocer la evolución del estado en las masas de agua sobre las que se que aplican las medidas para alcanzar los objetivos medioambientales, en definitiva, para conseguir que alcancen el buen estado.

R. – ¿Cuál es el estado de la calidad del agua en España?

En 2009, el 43,4% de las masas de aguas superficiales naturales y el 32,2% de las muy modificadas y artificiales estaban en buen estado (41,3% consideradas globalmente). En la valoración hecha en 2013 para el segundo ciclo estas cifras habían aumentado al 51,6% y 37,4% respectivamente (48,5% para el global).

Puede decirse, por tanto, que el estado de las masas de agua españolas ha mejorado significativamente, sin perjuicio de que sea necesario seguir avanzando para alcanzar los objetivos definidos en los planes hidrológicos.

R. – ¿Qué marcha llevan los programas de seguimiento del estado de las masas de agua en España?

Desde la entrada en vigor de la DMA, con la trasposición a nuestro ordenamiento en 2003, en España se incorporaron los requisitos establecidos por la Directiva Europea a las redes de control existentes en aquel momento. La gran novedad que supuso esta legislación fueincorporar elementos de calidad biológicos a los controles químicos y fisicoquímicos que hasta ese momento se venían haciendo.

En 2009, el 43,4% de las masas de aguas superficiales naturales y el 32,2% de las muy modificadas y artificiales estaban en buen estado

Para garantizar la calidad de los datos y asegurar el mismo nivel de exigencia en las tareas de vigilancia y control de los elementos de calidad biológicos, ha sido necesario poner en marcha el sistema nacional de evaluación del estado, común para todos los Organismos de cuenca y equivalentes en las cuencas intracomunitarias. Así, se han estandarizado procedimientos, se han elaborado protocolos de muestreo y métodos de análisis, claves de identificación y un Tesauro taxonómico, se han definido nomenclaturas, se han seleccionado indicadores de calidad, etc.

Para poner en marcha este sistema ha sido necesario realizar una importante inversión económica a fin de llevar a cabo las actividades de recopilación de una gran cantidad de datos experimentales, especialmente en el seguimiento del estado ecológico, además del químico, completando así las actividades que ya se venían haciendo desde el Ministerio.

Este trabajo ha culminado, desde el punto de vista normativo, con la publicación del Real Decreto 817/2015, de 11 de septiembre por el que se establecen los criterios de seguimiento y evaluación del estado de las aguas superficiales y las normas de calidad ambiental de las aguas superficiales. Queda por acometer la parte de aguas subterráneas, tarea a la que nos vamos a poner de inmediato.

R. – ¿Qué papel tiene el MAGRAMA?

La responsabilidad de la gestión del agua, según nuestra legislación, recae en el ámbito estatal en el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente (MAGRAMA), que ejerce sus competencias en esta materia a través de la Dirección General del Agua. La Dirección, a su vez dirige y coordina la actuación de las Confederaciones Hidrográficas en las cuencas intercomunitarias, como organismos autónomos dependientes del citado centro directivo. En las cuencas intracomunitarias esta responsabilidad recae sobre lasadministraciones hidráulicas de las Comunidades Autónomas correspondientes.

El estado de las masas de agua españolas ha mejorado significativamente

El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente tiene el papel de coordinar para asegurar el mismo nivel de exigencia y la misma metodología en toda España. También asume el papel de la representación del Reino de España en la Unión Europea recibiendo la información y trasladándola a los diferentes Organismos de cuenca, así como participando en los grupos de trabajo que desarrollan la normativa europea en este campo. Subsidiariamente, el MAGRAMA también apoya presupuestariamente la inversión en redes de seguimiento en las cuencas intercomunitarias.

R. – El pasado mes de septiembre se publicó el Real Decreto 817/2015 por el que se establecen los criterios de seguimiento y evaluación del estado de las aguas superficiales y las normas de calidad ambiental. ¿Qué novedades aporta esta norma?

Las novedades que aporta son muy importantes, hasta tal punto que marcan un antes y un después en este campo en España. Así, desde el punto de vista jurídico, se trata de legislación básica medioambiental y, en consecuencia, es de aplicación a todo el territorio nacional. Además, es un nuevo desarrollo de parte del título V de la Ley de Aguas y, por tanto, tiene carácter reglamentario.

Por otro lado, incorpora a nuestro ordenamiento un conjunto de Directivas y Decisiones europeas sobre calidad de las aguas, es decir, nos permite disponer por primera vez de un instrumento normativo único que recoge todas las obligaciones sobre seguimiento y evaluación del estado de las aguas superficiales, no sólo de las continentales, sino también de las de transición y costeras. En este sentido quiero destacar que, en particular, se ha incorporado la estrategia de protección de las aguas frente a la contaminación por sustancias prioritarias, donde las normas de calidad ambiental constituyen una de las herramientas más importantes.

Además, en el Real Decreto no sólo se definen procedimientos, sino también se establecen valores específicos que precisan las condiciones de referencia para cada masa de agua y para cada uno de los indicadores. También se establece un sistema de información común que permitirá la accesibilidad por parte de cualquier persona interesada a los datos sobre calidad de las aguas procedentes de todas las administraciones hidráulicas, en línea con las políticas de transparencia promulgadas por la Unión Europea y, por tanto, asumidas por España.

El proceso de elaboración de este Decreto ha sido muy largo y complejo. El esfuerzo de las Administraciones y de los distintos agentes sociales y usuarios ha permitido sacar adelante una norma que ha contado con un elevado grado de consenso. En este sentido, es de destacar la amplia participación de los sectores y administraciones afectados que desde un primer momento han colaborado con el Ministerio muy activamente.

El RD permite disponer de un instrumento normativo único que recoge todas las obligaciones sobre seguimiento y evaluación del estado de las aguas superficiales

R. – La crisis económica ha obligado a reducir la inversión en este campo. ¿Se ha continuado realizando la toma de datos? ¿Se han mantenido las series históricas?

La gestión del agua desarrollada por el Ministerio durante estos años se ha ajustado al escenario de consolidación fiscal que ha marcado la política presupuestaria puesta en marcha por el Gobierno. En este contexto, tanto el Ministerio, como la Dirección General del Agua y las Confederaciones Hidrográficas, han seguido desarrollando las actividades necesarias para cubrir las necesidades de control de acuerdo con las asignaciones presupuestarias existentes, lo que ha permitido seguir disponiendo de series históricas estadísticamente válidas.

R. – Recientemente el MAGRAMA ha licitado los trabajos de seguimiento para determinar el estado de las aguas superficiales y las zonas protegidas por 101 millones de euros. ¿Es una inversión sin precedentes?

Se trata de una inversión coherente con las actuaciones identificadas en los programas de medidas de los planes hidrológicos de cuenca del segundo ciclo que el Gobierno está a punto de aprobar, y que nos han de permitir avanzar en la consecución de los objetivos ambientales y en el control de su progreso de acuerdo con lo marcado por la DMA. Por otra parte, se trata de una licitación innovadora puesto que es la primera vez que en un único pliego se afrontan todas las necesidades de seguimiento que exige la DMA, es decir, el control del estado ecológico mediante indicadores biológicos y fisicoquímicos y del estado químico mediante las sustancias prioritarias. El hecho de que se trate de un plan global que incluye a todos los Organismos de cuenca intercomunitarios y todas las redes de seguimiento de las aguas superficiales es también una absoluta novedad.

Nos hemos propuesto evaluar, durante el escenario 2015-2021 más de 5.000 masas de agua a través de 4.400 estaciones de control lo que nos permitirá dar una respuesta efectiva a las obligaciones impuestas por la legislación europea en materia de calidad de las aguas, reforzar la gestión ambiental en todas las demarcaciones hidrográficas en las que la competencia es del Estado y mejorar el estado de los ríos.

En cualquier caso, se trata de una prueba fehaciente de la voluntad que tiene la actual Dirección General del Agua de acometer todas las tareas a las que, en este campo, obliga la DMA.

Lo que ha hecho posible comenzar a poner en marcha esta licitación es la publicación del RD 817/2015, de 11 de septiembre, donde se establecen claramente los requisitos que deben cumplir estos programas de seguimiento. El hecho de que el Real Decreto fije requisitos de calidad sobre el análisis químico así como los protocolos de muestreo y de análisis de cada uno de los elementos de calidad biológicos, constituye además un precedente porque garantiza la calidad y la homogeneidad de los trabajos en todo el territorio nacional.

En este sentido hay que reconocer el gran esfuerzo que muchas empresas y laboratorios en España han hecho para incorporar estos requisitos conforme a las previsiones descritas en la norma EN ISO/IEC-17025, lo que da muestras de la elevada competencia técnica de las empresas españolas de este sector.

R. – ¿Con estas licitaciones se asegurarán el control de la calidad del agua en las cuencas intercomunitarias?

Nos hemos propuesto evaluar, durante el escenario 2015-2021 más de 5.000 masas de agua a través de 4.400 estaciones de control

No sólo se asegurará un control completo en el que se cumplan todos los requisitos exigidos sobre la calidad de los procedimientos, sino que también se dispondrá de información suficiente, completa y homogénea, donde la calidad de los datos estará suficientemente garantizada.

El hecho de que los programas de seguimiento se realicen conforme al Real decreto garantiza que la evaluación del estado de las masas de agua es fiable y cualquier medida que se aplique o presión que les afecte estarán debidamente controladas. En este sentido, no sólo se asegura el control de la calidad de las aguas sino que también se garantiza una adecuada protección del medio acuático, de acuerdo con las medidas y objetivos identificados en los planes hidrológicos de cuenca. Esta actividad de seguimiento permitirá, además, disponer de la información necesaria para actualizar los citados objetivos y medidas en los sucesivos ciclos de planificación.

R. – El próximo 1 de diciembre participará, junto con otros técnicos de la Dirección General del Agua, en una jornada organizada por ADECAGUA sobre este tema. ¿Cuáles son las claves del evento?

ADECAGUA es un asociación de reconocido prestigio en la protección de la calidad de las aguas con una trayectoria de más de 40 años en este campo, y es un honor para mí participar en este evento que creo además que es una excelente oportunidad para dar a conocer el origen y contenido del real decreto y ponernos a disposición del sector para resolver las dudas que se presenten. Por esta razón también estarán presentes en el acto los técnicos de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente que han participado de forma directa en la elaboración del mismo.

Fuente: http://www.iagua.es/