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Evolución de la calidad del agua en España

La calidad de las aguas naturales está absolutamente ligada a las inversiones realizadas para la corrección o depuración de los vertidos existentes, por lo que una idea de las mejoras producidas se puede obtener analizando las inversiones realizadas.

Antes de la Ley de Aguas de 1985

Hasta los años 80 prácticamente no se habían construido Depuradoras de Aguas Residuales en nuestro país y la calidad de las aguas de nuestros ríos era, lógicamente, absolutamente lamentable.

El medio ambiente estaba muy degradado y peligraba el abastecimiento de agua a la población. La normativa era rigurosa pero se incumplía sistemáticamente. Las administraciones públicas no consignaban fondos económicos para esta finalidad y las Administraciones hidráulicas, responsables de la calidad de las aguas, poco podían hacer para forzar a las otras administraciones públicas a invertir en el sector. ¿Multas entre administraciones? Con las industrias los Organismos Hidráulicos eran un poco más eficaces. Aunque muy poco para no crear agravios comparativos. Y los funcionarios capeando el temporal como podían, teniendo que mirar para otro lado.

Es cierto que se habían construido algunas Depuradoras. Pero se las hacia funcionar poco tiempo ya que eran muy caras.

Se había subvertido el principio de QUIEN CONTAMINA PAGA por otro más perverso, como era el de QUIEN DEPURA PAGA.

Seguramente la actuación más emblemática por su envergadura fuera el Plan de Saneamiento Integral de Madrid (PSIM). Alguna depuradora en ciudades importantes, como Barcelona (Bogatell) y alguna que otra en zonas turísticas, como la Costa Brava, por citar alguna de las que me vienen a la memoria.

Coincidiendo con el PSIM, un poco posterior, hay que citar el Plan de Saneamiento de Catalunya, en el cual por primera vez se soluciona el principal problema de la depuración de las aguas: LA FINANCIACIÓN. Y se hace de manera que todos los generadores de vertidos de aguas residuales paguen en función de la contaminación que generan, con independencia de que sus aguas residuales se depuren o no. Fue el primer Plan Integral que se puso en marcha en nuestro país, asegurando recursos económicos para la construcción y explotación de estas infraestructuras.

Una lectura de esta iniciativa es que el Parlamento de Catalunya (En el año 1981) recoge la necesidad social de mejorar la calidad de las aguas y promulga una Ley adecuada, decidiendo que invertir en este sector es prioritario y que la sociedad debe destinar  una parte de los limitados recursos económicos de que dispone en esta actividad. Y esto con unas competencias en materia hidráulica prácticamente nulas.

Creo conveniente recordar que todo lo expuesto se realiza con una legislación de protección de la calidad de las aguas bien arcaica, una Ley de Aguas del año 1879, Ley que por aquella época ya era centenaria.

De la Ley de Aguas de 1985 hasta la Directiva Marco del Agua

La Ley de Aguas de 1985 introduce la Planificación como un instrumento clave de su actuación, instaurando los PLANES HIDROLÓGICOS DE CUENCA. Visto en perspectiva parece un planteamiento brillante.

Se estudia la situación existente, se detectan los problemas, se propone un objetivo de calidad y se deciden las actuaciones a realizar. Se determina la capacidad de los ríos y masas de agua para recibir vertidos y con esta base se determinan los límites de vertido que pueden ser aceptables y que se incorporan a las autorizaciones de vertido.

Los Planes Hidrológicos se someten a la consideración de los ciudadanos, instituciones, entidades interesadas y otros siguiendo los procedimientos democráticos del país que empezaban a infiltrarse por todos los ámbitos de la sociedad.

 

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